Hay sanciones por no usar cubrebocas, violaciĆ³n del aislamiento ante casos registrados o de aislamiento y restricciones a la circulaciĆ³n. Las sanciones econĆ³micas mĆ”s elevadas son por participa u organizar reuniones sociales no autorizadas.
El Departamento Ejecutivo de Bragado promulgĆ³ la ordenanza municipal 5371/21. En ella se compendian las nuevas normativas y sanciones que rigen por el incumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio. TambiĆ©n por la organizaciĆ³n o participaciĆ³n en reuniones sociales; el no uso o el uso incorrecto del cubrebocas y todo lo que estĆ© relacionado con el incumplimiento de las medidas preventivas y protocolos establecidos para actividades permitidas en Pandemia; las multas y financiaciĆ³n de las mismas.
– La violaciĆ³n del ASPO ante casos registrados y/o establecidos de aislamiento obligatorio por la SecretarĆa de PolĆticas PĆŗblicas en Salud de la Municipalidad, prevĆ© sanciones que van desde $ 3970 a $ 23.820
– El incumplimiento del uso de cubrebocas o su uso incorrecto prevĆ© multas de $ 3.970 a $ 39.700
-La organizaciĆ³n y/o participaciĆ³n en reuniones sociales y/o cualquier evento similar y/o difusiĆ³n de celebraciĆ³n con el propĆ³sito ostensible de convocar mayor concurrencia prevĆ© multas de: $ 15.880 a $ 79.400, sanciĆ³n que se harĆ” aplicable tambiĆ©n respecto al propietario, poseedor, locatario, responsable y/o comodatario del inmueble en el que se desarrollĆ³ el evento.
Las mismas multas se prevĆ©n en los casos de eventos que se desarrollen en la vĆa pĆŗblica.
-El incumplimiento de medidas de prevenciĆ³n establecidas y/o protocolos para las actividades deportivas, artĆsticas, culturales, religiosas, sociales, etc, prevĆ© multas de $ 7940 a $ 23.820 y clausura de hasta (60) sesenta dĆas.
– El incumplimiento de medidas de prevenciĆ³n establecidas y/o protocolos para las actividades gastronĆ³micas y/o bares y/o similares, prevĆ© multas de $ 3.970 a 39.700 y clausura de hasta 90 dĆas.
– El incumplimiento respecto a las restricciones de circulaciĆ³n social, cuando no se trate de personas afectadas a la realizaciĆ³n de actividades esenciales prevĆ© multas de $ 3970 a $ 39.700.
NO SE PODRAN DAR CURSO A PERMISOS MUNICIPALES
Cuando existan infracciones/multas impagas, la Municipalidad no darĆ” curso a los pedidos de habilitaciones para la apertura de actividades, ni permisos, concesiones, y/o licitaciones y tratĆ”ndose de infractores que ademĆ”s son proveedores municipales, se procederĆ” a suspender dicha calidad de “proveedor” hasta tanto se acredite el efectivo cumplimiento de la/s sanciĆ³n/es aplicadas.
En caso de poseer sanciones impagas, el imputado quedarĆ” automĆ”ticamente excluido de cualquier beneficio que otorgue el Estado Municipal a fin de hacer frente a la situaciĆ³n de Pandemia por Covid-19 y/o cualquier posibilidad de financiaciĆ³n en el pago de multas ante el Juzgado Municipal de Faltas NĀŗ 1.
0 Comentarios