El distrito de Leandro N. Alem pasó a fase 4

Se reducen las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos. Desde el municipio dieron a conocer las restriccione sy controles que entran en vigencia desde ahora.


Este martes, el Gobierno Provincial dispuso que el distrito de Leandro N. Alem pase a fase 4, lo que implica una modificación en cuando a las disposiciones y restricciones aplicables. 

En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.

También se establece la reducción de las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos a la vez que se restringió el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.

Habrá refuerzo en todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.

Se habilitó a a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.

 En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

Desde el municipio se pidió "el compromiso a cada vecino y vecina de nuestro distrito, para extremar los cuidados individuales, y disminuir el riesgo de contagio".


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