El intendente Lago emitió un decreto en consonancia con las nuevas disposiciones por la cuarentena total a nivel país. El personal político y los que cumplen tareas de servicios públicos esenciales y obras públicas deben seguir concurriendo a sus puestos de trabajo. Las labores que pueden ser realizadas sin necesidad de concurrencia al Municipio deberán ser cumplimentadas a distancia. El horario de atención de las oficinas públicas para las cuestiones indispensables sera de 8 a 12 horas. Taxis y remises no podrán llegar más de un pasajero por viaje.

El gobierno municipal de Alberti, con la firma del intendente Germán Lago, emitió el decreto 258/20 con disposiciones en el ámbito distrital albertino, garantizando la prestación de los servicios esenciales, en función del decreto de necesidad y urgencia emitido en la noche del jueves por el gobierno nacional ampliando medidas con motivo de la emergencia sanitaria para prevenir la pandemia Coronavirus en el país.

También se hace en consonancia con las disposiciones provinciales. "El municipio, conforme la evolución de la Pandemia en nuestro país, ha ido reforzando las medidas preventivas destinadas a protejer la salud de nuestros ciudadanos", se indicó en los considerandos del decreto conocido en las primera shoras de la tarde de este viernes, agregando que "en este sentido, siempre dentro de las atribuciones que constitucionalmente se le han asignado a los municipios, en tanto constituyen una organización política de carácter autoónomo, se hará en ejercicio de tales facultades".

El decreto establece en su artículo 1 que se suspende la totalidad de los plazos administrativos hasta el 31 de marzo de este año, inclusive" a la vez que se dispone que el personal municipal se encuentra dispensado de cumplir tareas en el municipios con excepción del personal perteneciente a la planta política y las exceciones también contempla a los siguientes empleados municipales que deberán seguir cumpliendo tareas.

- Personal asignado a la prestacion de servicios públicos. A tal efecto el Departamento responsables de area la continuidad en la afectación a la realizacion de tarean Ejecutivo procede comunica los respectivos

 - Personal afectado a la concreción de obras públicas y a la realización de tarea cuya intervencion resulta necesaria para la continuidad de las actividades particulas permitidas por el articulo 6to del DNU 297/2020

"Todas aquellas labores que pueden ser realizadas sin necesidad de concurrencia al Municipio deberán ser cumplimentadas a distancia, intormandose a los ciudadanos las telefonos de contacto de cada area para la evacuacion de las consultas y/o solicitudes que resultare menester", se indicó en otro de los párrafos del artículo 1 de la disposición municipal en el distrito de Alberti.

Solamente se atenderán aquellas cuestiones que resulten de urgencia o que se vinculen con la concresión de actividades cuya continuidad se encuentran contempladas en el artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional.

"Sin perjuicio de las normas antes establecidas el Departamento Ejecutivo podra requerir la prestación de tareas de la totalidad de los agentes ante una situación de emergencia" se indicó en las nuevas disposiciones municipales agregándose que el horario de atención de las oficinas públicas para las cuestiones indispensables sera de 8 a 12 horas

Por el artículo segundo se dispone la prorroga en el pago de las tasas municipales cuya vencimiento operan en el mes de marzo hasta el dia 15 de abril de 2020

PERMANENCIA DE PERSONAS EN EL INTERIOR DE LOCALES

El artículo tercero establece que "los supermercados, despensas, panaderias, farmacias, ferreterias veterinarias, kioscos y cualquier otro comercio habilitado por el Municipio cuyo funcionamiento se encuentre permitido en función de lo establecido en el articulo 6to del DNU 297/2020 deben extremar las medidas de prevención disponiendo el ingreso simultaneo al local de una cantidad minima de personas, de modo de mantener la distancia de seguridad entre cada una de ellas, desponiendo la espera fuera del local de aquellas que excedan la capacidad adecuada al efecto ello sin perjuicio de su obligacion de llevar a cabo las medidas de higiene y limpieza en forma constante del local

Al efecto, personal de la Secretaria de Salud  y de la Direccion de Habilitaciones y/o area de Bromatología del Municipio podrá proceder a indicar de manera fehaciente la cantidad maxima permitida de personas dentro del local comercial, debiendo proceder en consecuencia a la colocación de la carteleria pertinente

Según el artículo cuarto, pasajeros de remises y taxis deberán observar las siguientes medidas de prevención:

Utilizar y poner a disposición de los pasajeros alcohol en gel, mantener constantemente limpios los espacios del vehiculo en cada oportunidad de trasladar un pasajero, no permitir el acceso al vehiculo de más de un pasajero por viaje manteniendo la mayor distancia con el mismo mantener el vehiculo ventilado antes durante y después de realizar los viajes.