Para ello se deberá completar una declaración jurada que registre datos del viaje, conductor y pasajeros. El documento deberá ser presentado en los controles que actualmente se están realizando en rutas y accesos a la ciudad con el objetivo de acatar el aislamiento social, obligatorio y preventivo anunciado por el gobierno nacional.
Con el objetivo de que cada ciudadano cumpla el aislamiento social, obligatorio y preventivo en su domicilio, se permitirá el ingreso de vehículos particulares al aeropuerto internacional de Ezeiza para el retiro de familiares de pasajeros internacionales.
El permiso de circulación, único y excepcional, será a través de una Declaración Jurada que deberá presentarse ante autoridades en los controles pertinentes, destinado principalmente para facilitar la circulación de aquellos que deben retornar a sus provincias luego de los vuelos de repatriación.
En esta Declaración Jurada, disponible para ser descargada de manera online, se deberá detallar los datos tanto de vuelo, pasajeros –nombres y apellidos- y lugar del domicilio donde se hará la cuarentena. Además, nombre, apellido y DNI del conductor; placa del vehículo y un teléfono de contacto.
Asimismo, luego de que el ministro de Trasporte de la Nación, Mario Meoni, instruyera a la ANAC a coordinar el regreso a sus hogares de argentinos actualmente en distintos provincias, la declaración jurada también estará disponible para ingresar a aeropuertos que reciban los vuelos de cabotaje internos dispuestos por Aerolíneas Argentinas.
Instructivo
Para obtener el permiso de acceso, se deberá ingresar a la página web
https://tramitesadistancia.gob.ar/ Luego seleccionar el ingreso “con DNI” y en la pantalla siguiente indicar número de documento, número de trámite –ubicado en la parte inferior del DNI- y sexo, para iniciar sesión.
Una vez dentro del sistema, ingresar en el buscador la palabra clave “aeropuerto”, y así se mostrará el listado de trámites disponibles en la plataforma.
Dicho documento, en carácter de Declaración Jurada, te exceptúa de los alcances establecidos por el Decreto 2020-297-APN-PTE de fecha 19 de marzo 2020, en virtud de la criticidad de las tareas desarrolladas y contempladas como excepciones dentro del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular.
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