El municipio de General Arenales estableció que las áreas de servicios esenciales, sanidad y salud funcionarán normalmente, y no se otorgaran licencia al personal perteneciente a las mismas, salvo el caso de las embarazadas y pacientes de riesgo.
El Departamento Ejecutivo de General Arenales emitió el decreto 76/20 en sintonía con todas las disposiciones nacionales y provinciales que se están dando en el marco de la emergencia sanitaria y cuarentena total en prevención del COVID 19 ante "la necesidad de adoptar a nivel local Todas las medidas que estén al alcance del gobierno municipal, tendientes a preservar la salud y bienestar de la población, en consonancia con las disposiciones que rigen al efecto a nivel provincial y nacional", se indicó en el decreto.
La intendenta Erica Revilla dispuso en el artículo 1 que "dispensa del deber de asistencia a su lugar de trabajo otorgando licencia perspectiva, desde el 16/03/2020 y hasta el 31/03/2020, a las personas que estén comprendidas en alguno de los grupos de riesgo definidos a la fecha actual y los que se incorporen a futuro, por la autoridad sanitaria nacional".
Están comprendidos en este artículo, personas mayores de 60 años., embarazadas, grupos de riesgo: Personas con enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quistica y asma mderado o severo, personas con enfermedades cardiacas: Insuficiencia cardiaca, enfermedad coronaria, valvulopatias y cardiopatias congénitas, personas con Inmunodeficiencias, cn diabetes, insuficiencia renal crónica en dialisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
La licencia será otorgada en forma automática en los casos de agentes que fomen parte de los grupos mencionados, y cuyas constancias documentales obren en sus legajos municipales, debiendo notificar al agente de manera inmediata
Las personas mayores de 60 años que no presenten alguna de las situaciones de riesgo definidas en los puntos anteriores, y que sean considerados personal esencial o estén afectados a alguna actividad
critica o de prestación de servicios indispensables, no seran dispensados de su deber de asistencia.
Las personas embarazadas y las comprendidas en los grupos de riesgo indicados, no podrán ser considerados personal esencial ni ser afectados a actividades criticas o a servicios indispensables.
El Ejecutivo Municipal podrá disponer el cierre de oficinas o la reducción de cantidad de empleados en sectores que considere necesario a fin de evitar la aglomeración de gente, dispensándolos de su deber de asistencia, utilizando tumor altemados entre ellos y la modalidad de trabajo a distancia a tal efecto. Los Secretarios o responsables de cada sector serán quienes implementen el mecanismo en conjunto con la Oficina de Personal Municipal, de acuerdo a las circunstancias y a las necesidades de funcionalidad de cada área. El personal dispensado quedará en situación de disponibilidad operativa.
Los turnos que se hubieren otorgado en oficinas públicas a la fecha actual, serán reprogramados para el momento en que se considere prudente de acuerdo a la situación reinante.
Las áreas de servicios esenciales, sanidad y salud funcionar normalmente, y no se otorgaran licencia al personal perteneciente a las mismas, salvo el caso de las embarazadas y pacientes de riesgo conforme lo definido en el presente articulo.
Las dispensas forjadas de acuerdo al presente articulo no afectarán los derechos ni beneficios remunerativos de los empleados a quienes se les otorgan.
El artículo segundo establece que se instrumentarán las medidas necesarias para reducir el flujo de gente circulando en áreas municipales de atención al público y se autorizan a realizar control de ingreso en las mencionadas areas a fin de evitar la aglomeración de gente.
Hasta el 31 de marzo se suspenden la realización de eventos de concurrencia masiva (deportivos, culturales, de entretenimiento) de gente organizados por el Municipio y/o por terceros, en este último caso no se otorgarán las habilitaciones municipales correspondientes, y las otorgadas quedarán suspendidas en ese lapso
Con auxilio de las fuerzas de seguridad local. se tomarán las medidas necesarias para evitar la aglomeración de gente en espacios reducidos, en las cantidades y condiciones que surgen de las recomendaciones emitidas al efecto por la autoridad sanitaria nacional, en el marco de la emergencia declarada.
Respecto de bares y restaurantes deberán colocar mesas a no menos de dos metros de distancia una de otra, y reducirán el flujo de gente ingresante a efectos de evitar el amontonamiento.
El artículo 4 instruye a los comercios y prestadores de servicios locales para que tomen medidas tendientes a la atención reducida y a evitar la aglomeración de gente, conforme a los espacios fisicos y de acuerdo a las recomendaciones de la autoridad sanitaria. Se sugiere a la población del distrito a evitar la asistencia a fiestas, eventos, parques, plazas. reuniones, social sugerido por la autoridad sanitaria nacional-- Ordenese la realización de campañas publicitarias preventivas a fin de dar cumplimiento con el presente articulo
Se prorroga hasta el 20/04/2.020 el vencimiento de todos los servicios y tasas municipales cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 10/03/2020 al 15/04/2020.
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